EN ESTA SEMANA

La inquietud por el saber, es educación !!!!! (know)

EL TEMA DE LA SEMANA ES ..........
clic aqui para comentar ......

LA FLOR

La flor es la estructura reproductiva característica de las plantas llamadas espermatofitas o fanerógamas. La función de una flor es producir semillas a través de la reproducción sexual. Para las plantas, las semillas son la próxima generación, y sirven como el principal medio a través del cual las especies se perpetúan y se propagan.

MANEJO SEGURO DE AGROQUIMICOS

PRACTICA TRIPLE LAVADO

TALLERES DE CAPACITACION

CENTROS AUTORIZADOS

PRACTICA DE TRIPLE LAVADO ES UNA CONDICION BASICA PARA QUE PUEDAN RECIBIR LOS ENVASES PERFORADOS

NO CONTAMINAR LAS FUENTES DE AGUA

NO BOTE NI DEJE LOS ENVASES EN EL SITIO DEL CULTIVO

NO INCINERE LOS ENVASES

RECOLECCION DEL ENVASE SIN TAPA

TRASLADO A HORNOS DE INCINERACION PROTEGIENDO EL MEDIO AMBIENTE

A NIVEL DE URABA GESTA ES LA ENTIDAD ENCARGADA DE RECOGER LOS ENVASES

El mundo de hoy enfrenta una escasez de alimentos a nivel mundial, los granos como el maíz, el arroz están en un alza continua por que hay pérdidas de cosecha por las inundaciones, además de que no se han podido sembrar.

El calentamiento global causado por el efecto invernadero, provoca alteraciones en el clima que están afectando la producción de alimentos.

También las plagas y las enfermedades están acabando con los cultivos, por ejemplo el moko esta acabando con el plátano en el Quindío, de hay los buenos precios de este producto en el interior del país, las virosis que están acabando con las plantaciones de tomate de árbol en la regiones antioqueñas.

Es por ello que las perspectivas para la agricultura son muy buenas y por lo tanto hay que mirarlo como un buen negocio, es como aquel negociante que va a poner una tienda y mira el sitio y la clase de gente para poder surtirla, en la agricultura en nuestro país, primero se siembra y después se mira quién se vende.

GUIA PARA EL USO Y MANEJO CORRECTO DE PRODUCTOS PARA LA PROTECCION DE CULTIVOS.

  • ANTES DE COMPRAR
  • AL COMPRAR
  • AL TRANSPORTAR
  • AL ALMACENAR
  • ANTES DE UTILIZAR
  • AL MEZCLAR Y CARGAR
  • DURANTE LA APLICACIÓN
  • DESPUES DE LA APLICACIÓN
  • AL FINAL DE LA JORNADA
  1. ANTES DE COMPRAR

Es bien sabido que en el país hay un mercado negro de venta de plaguicidas, en unos casos de los tanques extraen productos plaguicidas y los mezclan con aceite adulterándolo y alterando la calidad, en otros casos hay contrabando de plaguicidas que acá se han prohibido de Venezuela y Ecuador como el metil parathion y endosulfan y que algunos agricultores todavía usan y que son supremamente venenosos ,esta cursando una ley en el Ministerio de Salud de que a estos contrabandistas se le demanden como criminales

Por tal motivo los plaguicidas no se deben comprar en la calle y adquirirlos en establecimientos reconocidos..

ANTES DE COMPRAR EL PRODUCTO PARA LA PROTECCION DE CULTIVOS ES NECESARIO REALIZAR UN DIAGNOSTICO

  • Identificar la plaga (insecto, acaro, enfermedad o maleza) que deseé controlar

A un. almacén lo que le interesa es venderle, por lo tanto hay que conocer al enemigo para atacarlo y comprar el producto recomendado por el técnico y no comprar otros productos que le quiera vender el almacenista porque se le van a encarecer los costos

  • Cada cultivo es afectado por determinadas plagas

Se deben comprar los productos específicos para esa plaga, ejemplo si es un insecto masticador, se le aplicaran productos de contacto o estomacales, pero si es un chupador, se le aplicaran productos sistémicos.

  • El ciclo de vida de las plagas, sus hábitos y los daños que causa.

Es necesario conocer el estado del insecto que causa el daño y la etapa en el cual es susceptible al químico, por ejemplo si el insecto esta en estado de pupa o de huevo, no hay un control efectivo de los plaguicidas.

También cuando hay enfermedades producidas por bacterias y virus que su control se efectúa por erradicación o medidas preventivas como la virosis de la papaya o el moko del plátano .Como medida preventiva una virosis se controla el insecto vector que la produce

  • Saber cual es la ocasión mas propicia para controlarla.

Una plaga o una maleza tiene el momento oportuno de control, por ejemplo en insectos, las larvas se controlan cuando están pequeñas ( 1 a 3 instar) y las malezas se controlan cuando están en pleno crecimiento, con malezas muy altas se gasta el doble de herbicida y que puede causar fitotoxicidad al cultivo.

  • Emplear un MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS.

En un manejo integrado de plagas se emplean todos los métodos de control como físicos, buenas prácticas agrícolas, control biológico y en ultima instancia emplear el control químico.

  • Evitar daños a los organismos benéficos.

Hay que proteger a los agentes polinizadores que son muy importantes para la producción como son las abejas y los cucarrones

  • Evitar daños a otras áreas no tratadas
  • En aplicaciones aéreas, tratar de que el producto no caiga fuera del objetivo
  • Hacer las aplicaciones cuando no hayan vientos fuertes, ya que los productos químicos pueden caer en potreros contaminando el ganado
  • Las aplicaciones de plaguicidas se realizan en la mañana de 5.30 a.m. hasta las 10 a.m.

CLASIFICACION DE LAS PLAGAS

  • INSECTOS Que hacen, que comen, su ciclo de vida, Que clase de control tienen
  • AGENTES QUE CAUSAN ENFERMEDADES EN LAS PLANTAS.

Los factores bióticos que pueden causar enfermedades en las plantas son virus, bacterias, hongos y nematodos

Los factores abióticos son drenajes, exceso de humedad, luminosidad.

  • MALEZAS, hay que identificarlas para proceder a controlarlas con el producto indicado

shagy angel

De nuevo arte mimo complaciendolos

EL CHAVO COSTEÑO


Gracias a todos por visitarnos....

NORMA RAS 2000

REGLAMENTO TÉCNICO DEL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO.


SECCION II
TÍTULO D
SISTEMAS DE RECOLECCIÓN Y EVACUACIÓN DE
AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS Y PLUVIALES

ÍNDICE
D.0. REFERENCIACIÓN GENERAL 1
D.0.1 SISTEMA DE UNIDADES 1
D.0.2 VARIABLES 1
D.0.3 ABREVIATURAS 3
D.0.4 NORMAS TÉCNICAS REFERENCIADAS 3
D.0.4.1 NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS 3
D.0.4.2 NORMAS TÉCNICAS AWWA 5
D.0.4.3 NORMAS TÉCNICAS ASTM 5
D.0.4.4 NORMAS TÉCNICAS ISO 7
D.0.4.5 NORMAS TÉCNICAS AASHTO 7
D.0.5 LEYES, DECRETOS Y LEGISLACIÓN PERTINENTE 7
D.1. ASPECTOS GENERALES DE LOS SISTEMAS DE RECOLECCIÓN Y
EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES 9
D.1.1 ALCANCE 9
D.1.2 DEFINICIONES 9
D.1.3 PROCEDIMIENTO GENERAL DE DISEÑO DE LOS SISTEMAS DE RECOLECCIÓN Y
EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES 12
D.1.3.1 PASO 1 - Definición del nivel de complejidad del sistema 12
D.1.3.2 PASO 2 - Justificación del proyecto y definición del alcance 12
D.1.3.3 PASO 3 - Conocimiento del marco institucional 13
D.1.3.4 PASO 4 - Acciones legales 13
D.1.3.5 PASO 5 - Aspectos ambientales 13
D.1.3.6 PASO 6 - Ubicación dentro de los planes de ordenamiento territorial y desarrollo urbano previstos 13
D.1.3.7 PASO 6 - Estudios de factibilidad y estudios previos 14
D.1.3.8 PASO 8 - Diseño y requerimientos técnicos 14
D.1.3.9 PASO 9 - Construcción e interventoría 14
D.1.3.10 PASO 10 - Puesta en marcha, operación y mantenimiento 14
D.1.4 ESTUDIOS BÁSICOS 14
D.1.5 SISTEMAS EXISTENTES 14
D.1.5.1 Descripción y diagnóstico del sistema existente de abastecimiento de agua potable 14
D.1.5.1.1 Entidad responsable del servicio 14
D.1.5.1.2 Componentes del sistema 15
D.1.5.1.3 Condiciones del servicio 15
D.1.5.1.4 Calidad de agua 15
D.1.5.1.5 Operación y mantenimiento 15
D.1.5.1.6 Deficiencias del servicio de abastecimiento 15

D.1.5.2 Descripción y diagnóstico del sistema existente de recolección y evacuación de aguas residuales y
lluvias 15
D.1.5.2.1 Entidad responsable del servicio 15
D.1.5.2.2 Componentes del sistema 15
D.1.5.2.3 Conexiones domiciliarias 16
D.1.5.2.4 Costos del servicio 16
D.1.5.2.5 Operación y mantenimiento 16
D.1.5.2.6 Deficiencias del servicio de recolección y evacuación de aguas residuales y/o pluviales 16
D.1.5.2.7 Análisis de estudios previos 16
D.1.5.2.8 Percepción de la comunidad 16
D.1.6 SISTEMAS DE RECOLECCIÓN Y EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y/O PLUVIALES16
D.1.6.1 Tipos de sistemas 16
D.1.6.1.1 Sistemas convencionales 16
D.1.6.1.2 Sistemas no convencionales 16
D.1.6.1.3 Sistemas in situ 17
D.1.6.2 Selección de sistemas de recolección y evacuación de aguas residuales y lluvias 17
D.1.6.2.1 General 17
D.1.6.2.2 Sistema sanitario convencional 17
D.1.6.2.3 Sistema pluvial 18
D.1.6.2.4 Sistema combinado 18
D.1.6.2.5 Sistemas sanitarios no convencionales 18
D.1.6.2.6 Sistemas de disposición in situ 19
D.1.6.3 Componentes de los sistemas de recolección y evacuación de aguas residuales y pluviales 19
D.1.7 ACTIVIDADES PARA EL PLANEAMIENTO Y DISEÑO DE SISTEMAS DE RECOLECCIÓN Y
EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES 19
D.1.7.1 Información básica 19
D.1.7.2 Delimitación del perímetro sanitario municipal 19
D.1.7.3 Delimitación del área del proyecto 19
D.1.7.4 Definición del periodo de análisis 19
D.1.7.5 Estimación de la población 19
D.1.7.6 Delimitación de áreas de drenaje 19
D.1.7.7 Determinación de las características del sistema 19
D.1.7.8 Generación de alternativas de sistemas para la recolección y evacuación de aguas residuales y/o
pluviales 19
D.1.7.9 Aprovechamiento de componentes existentes 20
D.1.7.10 Análisis de sitios de descarga 20
D.1.7.11 Predimensionamiento de los componentes de las alternativas 20
D.1.7.12 Definición de criterios para la estimación de costos 20
D.1.7.13 Determinación de etapas de construcción 20
D.1.7.14 Selección de la mejor alternativa 20
D.1.7.15 Diseño de la alternativa seleccionada 20
D.2. REDES DE COLECTORES 21

D.2.1 ALCANCE 21
D.2.2 CONSIDERACIONES GENERALES 21
D.2.2.1 Requisitos que se deben cumplir 21
D.2.2.2 Actividades que se deben llevar a cabo. 21
D.2.2.3 Periodo de diseño 22


CAPÍTULO D.0
D.0. REFERENCIACIÓN GENERAL



D.0.1 SISTEMA DE UNIDADES
año año
día día
h hora
ha hectárea
hab habitante
°C grados centígrados
kg. kilogramo
km. kilómetro
L litro
m metro
m2 metro cuadrado
m3 metro cúbico
mg miligramo
min. minuto
mm milímetro
N Newton
s segundo
D.0.2 VARIABLES
a = constante que depende del tipo de superficie -
Arb = área residencial bruta (D.3.1) ha
A = área tributaria (D.4.1) ha
Ai = área hidráulica mojada en la sección i-i m2
bi = ancho de la sección i-i m
C = coeficiente de resistencia al flujo de Chézy (D.2.1) -
C = consumo medio diario por habitante L/hab×d (D.3.1)
C = coeficiente de escorrentía (función de la permeabilidad del
área de drenaje) (D.4.1) -
D = densidad de población hab/ha
DBO = demanda bioquímica de oxígeno efectiva mg/L
DBO5 = demanda bioquímica de oxígeno a los 5 días del agua
residual a 20 °C mg/L
Ds = diámetro del colector de salida de la estructura-pozo m
DE = diferencia de energía específica entre el colector de
salida y el colector principal de entrada a la estructura m
DHc = pérdida de energía por cambio de dirección del colector principal m
DHe = pérdidas de energía ocurridas por la unión de colectores m
F = ángulo de la intersección en la unión -
F = factor de mayoración -
g = aceleración de la gravedad, igual a 9,81 m/seg2 m/seg2
g = peso específico del agua residual N/m3
H = profundidad de agua en el colector m
Hc = energía específica para la condición de flujo crítico,


CAPÍTULO D.1
D.1. ASPECTOS GENERALES DE LOS SISTEMAS DE
RECOLECCIÓN Y EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y
PLUVIALES

D.1.1 ALCANCE
El presente reglamento establece las condiciones requeridas para la concepción y desarrollo de sistemas
de recolección y evacuación de aguas residuales y pluviales. De esta manera permite orientar la
planificación, diseño, construcción, supervisión técnica, operación, mantenimiento y seguimiento de estos
sistemas y sus componentes.
En este reglamento se establecen las disposiciones de obligatorio cumplimiento en todo el territorio
nacional en las etapas de conceptualización, diseño, construcción, puesta en marcha, operación,
mantenimiento y seguimiento de todas y cada una de las obras, de tal manera que se garantice su
efectividad, seguridad, estabilidad, durabilidad, adecuabilidad y sostenibilidad y redundancia a lo largo de su
vida útil.
Todas las prescripciones establecidas deben ser aplicadas por todos los niveles de complejidad del
sistema, a menos que se especifique lo contrario.
El presente Título incluye los elementos de sistemas de recolección y evacuación de aguas residuales y/o
pluviales que conforman los alcantarillados sanitarios, pluviales y combinados, sus diferentes componentes
y estaciones de bombeo. Se consideran además nuevas tecnologías y sistemas de disposición in situ como
alternativas a los sistemas convencionales. No incluye los sistemas de tratamiento de aguas residuales,
cuyos diseños, construcción, puesta en marcha, operación y mantenimiento son tratados en el Título E.
D.1.2 DEFINICIONES
Las definiciones utilizadas en el presente Título se interpretan con el significado que se asigna a
continuación:
Aguas lluvias Aguas provenientes de la precipitación pluvial.
Aguas residuales Desecho líquido provenientes de residencias, edificios, instituciones, fábricas o
industrias.
Aguas residuales domésticas Desechos líquidos provenientes de la actividad doméstica en residencias,
edificios e instituciones.
Aguas residuales industriales Desechos líquidos provenientes de las actividades industriales.
Aguas de infiltración Agua proveniente del subsuelo, indeseable para el sistema separado y que penetra
en el alcantarillado.
Alcantarillado Conjunto de obras para la recolección, conducción y disposición final de las aguas
residuales o de las aguas lluvias.
Alcantarillado de aguas combinadas Sistema compuesto por todas las instalaciones destinadas a la
recolección y transporte, tanto de las aguas residuales como de las aguas lluvias.
Alcantarillado de aguas lluvias Sistema compuesto por todas las instalaciones destinadas a la
recolección y transporte de aguas lluvias.

Alcantarillado de aguas residuales Sistema compuesto por todas las instalaciones destinadas a la
recolección y transporte de las aguas residuales domésticas y/o industriales.
Alcantarillado separado Sistema constituido por un alcantarillado de aguas residuales y otro de aguas
lluvias que recolectan en forma independiente en un mismo sector.
Aliviadero Estructura diseñada en colectores combinados, con el propósito de separar los caudales que
exceden la capacidad del sistema y conducirlos a un sistema de drenaje de agua lluvia.
Área tributaria Superficie que drena hacia un tramo o punto determinado.
Autoridad municipal ambiental (AMA) Entidad municipal que tiene a su cargo el manejo y ordenamiento
ambiental.
Autoridad regional ambiental (ARA) Entidad regional que tiene a su cargo el manejo y ordenamiento
ambiental.
Caja de inspección domiciliaria Cámara localizada en el límite de la red pública de alcantarillado y la
privada, que recoge las aguas residuales, lluvias o combinadas provenientes de un inmueble.
Cámara de caída Estructura utilizada para dar continuidad al flujo cuando una tubería llega a una altura
considerable respecto de la tubería de salida.
Caja de paso Cámara sin acceso, localizada en puntos singulares por necesidad constructiva.
Canal Cauce artificial, revestido o no, que se construye para conducir las aguas lluvias hasta su entrega
final en un cauce natural.
Canalizar Acción y efecto de construir canales para regular un cauce o corriente de un río o arroyo.
Cañuela Parte interior inferior de una estructura de conexión o pozo de inspección, cuya forma orienta el
flujo.
Caracterización de las aguas residuales Determinación de la cantidad y características físicas,
químicas y biológicas de las aguas residuales.
Caudal de saturación Caudal que corresponde a las condiciones máximas de desarrollo.
Coeficiente de escorrentía Relación que existe entre la escorrentía y la cantidad de agua lluvia que cae
en una determinada área.
Coeficiente de retorno Relación que existe entre el caudal medio de aguas residuales y el caudal medio
de agua que consume la población.
Coeficiente de rugosidad Parámetro que representa el efecto friccional del contorno del conducto sobre
el flujo y en general depende del tipo de material del conducto.
Colector principal ó matriz Conducto cerrado circular, semicircular, rectangular, entre otros, sin
conexiones domiciliarias directas que recibe los caudales de los tramos secundarios, siguiendo líneas
directas de evacuación de un determinado sector.
Conexión domiciliaria Tubería que transporta las aguas residuales y/o las aguas lluvias desde la caja
domiciliar hasta un colector secundario. Generalmente son de 150 mm de diámetro para vivienda unifamiliar.
Conexiones erradas Contribución adicional de caudal debido al aporte de aguas pluviales en la red de
aguas sanitarias y viceversa.
Consumo Volumen de agua potable recibido por el usuario en un periodo determinado.
Cota de batea Nivel del punto más bajo de la sección transversal interna de una tubería o colector.
Cota de clave Nivel del punto más alto de la sección transversal externa de una tubería o colector.
Cuneta Canal de sección triangular ubicado entre el sardinel y la calzada de una calle, destinado a
conducir las aguas lluvias hacia los sumideros.

Métodos alternativos de propagación de semilla agámica de plátano (Musa sp.).

INTRODUCCIÓN

El plátano (Musa sp.) se propaga asexualmente a partir de porciones vegetativas que contienen yemas con capacidad de regeneración. La propagación asexual garantiza que
las características específicas de una planta dada sean perpetuadas uniformemente de una generación a otra. Entre las ventajas que proporciona la propagación vegetativa se mencionan:

• Se mantienen invariables las características del progenitor en los descendientes.

• Mayor rapidez en el desarrollo de las plantas.

• Material de reproducción de fácil obtención, más rápida y económica.

• Cambios sobresalientes en el genotipo de una planta, permite desarrollar a partir de él un nuevo clon o cultivar.

Uno de los inconvenientes de la propagación del plátano por métodos convencionales es que favorece la diseminación y establecimiento de plagas y enfermedades que reducen significativamente la producción y rentabilidad del cultivo. Entre los patógenos que más comúnmente se propagan en las plantaciones están el picudo negro del plátano (Cosmopolitus
sordidus Germ) y el nemátodo (Rhadopholus similis). Por otro lado los cultivadores de plátano
establecen el cultivo con semilla de origen y calidad desconocida, generalmente a partir del intercambio de semilla sin tomar en cuenta los procesos necesarios de selección y multiplicación. Esto ha favorecido a que las plantaciones de plátano estén conformadas por mezclas de plantas de diferentes calidades y sean fuente de diseminación de plagas y enfermedades transmitidas a través del material de siembra.

PROPAGACIÓN ASEXUAL


Una reproducción puede ocurrir mediante la formación de raíces y tallos adventicios o por medio de la unión de partes vegetativas o injertos.

La reproducción asexual, o sea la reproducción utilizando partes vegetativas de una planta original, es posible realizarla porque cada célula vegetal contiene las características genéticas necesarias para generar una nueva planta.

Una reproducción puede ocurrir mediante la formación de raíces y tallos adventicios o por medio de la unión de partes vegetativas o injertos. Asimismo, las estacas y acodos tienen capacidad para formar raíces, pudiendo constituir un nuevo sistema de brotaciones. Las hojas también pueden regenerar tanto raíces como tallos, además es posible injertar entre sí una nueva raíz y un tallo para formar una sola planta.

Es conocido que de una célula individual se pueden iniciar nuevas plantas, sea de forma adventicia en plantas completas o en sistemas de cultivo aséptico. Al respecto vale destacar que a la propiedad de las células vegetativas vivientes de regenerar organismos completos se la denomina “totipotencia”.

En base a esta característica genética se han logrado regenerar plantas completas en cultivos asépticos, a partir de células individuales de la médula del tabaco y de la raíz de la zanahoria, resultando plantas idénticas a aquellas de donde se tomaron las células individuales.

JUSTIFICATIVOS DEL USO DE LA PROPAGACIÓN ASEXUAL

La duplicación genética de plantas dentro de la propagación vegetativa asexual se denomina “clonación”, y a la población de plantas descendientes se les denomina “clones”. En la clonación las características específicas de cualquier planta individual son perpetuadas mediante la propagación asexual. La clonación de plantas es de singular importancia en la horticultura, sobre todo en la mayoría de las especies frutales y ornamentales que contienen genotipos altamente heterocigotos, donde se pierden las características únicas de dichas plantas cuando son propagadas por semilla.

La propagación asexual es fundamental en las plantas que no contienen semillas viables para poder ser reproducidas, como es el caso de bananos, higueras, ciertos naranjos y vides, entre otras. Asimismo, con la propagación asexual se evitan los períodos juveniles prolongados, pues las plantas que se cultivan por semillas pasan por un período juvenil muy largo, el cual no ocurre en el proceso de floración, necesitando algunas especies leñosas y ciertas herbáceas perennes entre 5 y 10 años para que se inicie la floración. En cambio la propagación vegetativa asexual evita esta fase juvenil.

De igual manera durante el período juvenil las plantas originadas por semilla no sólo que no producen flores y frutos, sino que requieren de labores específicas de mantenimiento, lo cual constituye un costo adicional en años improductivos, lo que complica a los productores encareciendo los costos de producción. Sin embargo, cuando se trata de obtener material vegetativo de estacas para la propagación es mejor obtenerlas de plantas que están en la fase juvenil, sobre todo aquellas especies difíciles de enraizar que en este caso lo hacen con mayor facilidad.

Otra condición importante de la propagación asexual es la capacidad de combinar en una sola planta dos o más clones por el método de injerto. En todo caso vale enfatizar en el aspecto económico que la propagación en masa por medios vegetativos no es más económica que la propagación comparable por semilla, pero su utilización es plenamente justificada por la superioridad y uniformidad de los clones obtenidos. Consecuentemente, la economía de la propagación vegetativa está en la supresión de la fase juvenil, el acortamiento del tiempo para llegar a la fase productiva y en la productividad de las plantas que son de iguales características genéticas a las plantas originales de donde se tomó la parte vegetativa propagada.

En cuanto a la variabilidad, el comportamiento presente de una planta en su fenotipo, que resulta de la interacción del genotipo con el ambiente en el cual esté desarrollando las plantas, por lo tanto entre las plantas provenientes de clones siempre pueden ocurrir cambios por variaciones ambientales, pero sin que cambie el genotipo del clon.

La Propagacion Vegetativa

A DIFERENCIA de lo que sucede en los vertebrados, la semilla es liberada cuando aún sus tejidos no se han diferenciado totalmente (véase Cómo viven las plantas, La Ciencia desde México, núm. 49). La semilla contiene células embrionarias que darán origen a todos los tejidos de la nueva planta después del proceso de germinación; además, muchas de las células de los tejidos vegetales ya maduros conservan la potencialidad de diferenciarse y dar origen a diversas estructuras; estas células forman parte de meristemos primarios y secundarios que pueden encontrarse en todos los órganos de las plantas. Gracias a esto es posible obtener plantas enteras a partir de tejidos de yemas, tallos, raíces y hasta hojas de casi cualquier planta.

La propagación clonal o vegetativa de plantas es una producción a partir de partes vegetativas. Se utilizan tejidos vegetales que conserven la potencialidad de multiplicación y diferenciación celular para generar nuevos tallos y raíces a partir de cúmulos celulares presentes en diversos órganos. Este tipo de propagación tiene esencialmente tres variantes, que son: 1) la micropropagación a partir de tejidos vegetales en cultivo in vitro; 2) la propagación a partir de bulbos, rizomas, estolones, tubérculos o segmentos (esquejes) de las plantas que conserven la potencialidad de enraizar, y 3) la propagación por injertos de segmentos de la planta sobre tallos de plantas receptivas más resistentes.

La propagación vegetativa comprende desde procedimientos sencillos, conocidos de tiempos inmemoriales por los campesinos de todo el mundo, hasta procedimientos tecnológicamente muy avanzados, basados en la tecnología del cultivo de tejidos vegetales, mediante los cuales se puede lograr la propagación masiva de plantas genéticamente homogéneas, mejoradas y libres de parásitos. Los procedimientos modernos permiten la obtención de cultivares totalmente libres de agentes patógenos, incluyendo virus, e incluso la fabricación de semillas artificiales por medio de la técnica de embriogénesis somática y encapsulado. Además de la propagación, las técnicas de cultivo de tejidos in vitro también permiten seguir procedimientos modernos de conservación de germoplasma gracias al mantenimiento prolongado de cultivos de crecimiento lento y la criopreservación de tejidos.

ESTRUCTURAS DE PROPAGACIÓN VEGETATIVA

Varias especies de plantas vasculares, en su mayoría especies cultivadas, no producen semillas aunque tengan flores, su multiplicación o propagación vegetativa no implica la fusión de células germinativas. Esta forma de propagación también se presenta en plantas que normalmente producen semillas, y sólo se le considera como reproducción asexual cuando sustituye en gran parte a la reproducción sexual.

Se trata de un proceso que implica el enraizamiento y la separación de una parte de la. planta original cuando mueren los tejidos vegetales que las semillas unían. De esta manera, las células, tejidos u órganos desprendidos se desarrollan directamente en nuevos individuos. Las zonas de abscisión pueden ser precisas, como sucede en la separación de los bulbilos, o puede darse la fragmentación de una planta debida al deterioro y muerte del individuo parental o bien de los tejidos de interconexión, como en el caso de los brotes de las raíces.

Las estructuras de propagación vegetativa funcionan también como órganos de resistencia y de almacenamiento en las temporadas adversas, los cuales algunas veces son almacenados por tiempos prolongados.

Estructuras de propagación vegetativa en plantas no vasculares

La propagación vegetativa se presenta en todo el reino vegetal; por ejemplo, en algunas algas pluricelulares la propagación vegetativa se realiza mediante su fragmentación en dos o más individuos. Las cianobacterias presentan a lo largo de sus filamentos unas células muertas, agrandadas y de pared gruesa, que se encuentran a intervalos a lo largo de sus filamentos, las cuales ayudan a la fragmentación.

Varios tipos de plantas no vasculares tienen estructuras especializadas relacionadas con la propagación vegetativa. Las hepáticas producen estructuras semejantes a las yemas llamadas propágulos, que al desprenderse de su pedicelo son arrastrados por la lluvia hasta sitios en los que se desarrollan como nuevas plantas, mientras que los líquenes producen cuerpos reproductores conocidos como soredios, integrados por masas de hifas fúngicas y de células algales.

Estructuras de propagación vegetativa en plantas vasculares

En virtud de la totipotencialidad del tejido vegetal, es decir, de su capacidad para formar yemas y raíces adventicias, casi cualquiera de los órganos de una planta vascular tiene relación con su propagación vegetativa al sufrir modificaciones anatómicas y funcionales que le permiten desarrollarse en un organismo vegetal completo e independiente, con las mismas características genéticas de la planta progenitora. Las yemas, por lo general, se encuentran en las axilas de las hojas, en la porción terminal del tallo, o bien se desarrollan en cualquier porción del tallo y dan origen a raíces adventicias.

Entre las estructuras de propagación vegetativa algunas comparten semejanzas en su desarrollo, por lo que no siempre es posible hacer una diferenciación muy clara entre ellas, sino que más bien se ubican en un continuo de características. Sin embargo, algunos autores las clasifican tomando en cuenta los órganos vegetales de los cuales se originan. Con base en este criterio describiremos algunas de las más comunes.


CULTIVO DE NARANJA

1. ORIGEN

Los cítricos se originaron hace unos 20 millones de años en el sudeste asiático. Desde entonces hasta ahora han sufrido numerosas modificaciones debidas a la selección natural y a hibridaciones tanto naturales como producidas por el hombre.
La dispersión de los cítricos desde sus lugares de origen se debió fundamentalmente a los grandes movimientos migratorios: conquistas de Alejandro Magno, expansión del Islam, cruzadas, descubrimiento de América, etc.
Mutaciones espontáneas han dado origen a numerosas variedades de naranjas que actualmente conocemos.

2. TAXONOMÍA Y MORFOLOGÍA

-Familia: Rutaceae.
-Género: Citrus.
-Especie:
Citrus sinensis (L.) Osb.


-Porte: Reducido (6-10 m). Ramas poco vigorosas (casi tocan el suelo). Tronco corto.


-Hojas: Limbo grande, alas pequeñas y espinas no muy acusadas.


-Flores: Ligeramente aromáticas, solas o agrupadas con o sin hojas. Los brotes con hojas (campaneros) son los que mayor cuajado y mejores frutos dan.


-Fruto: Hesperidio. Consta de: exocarpo (flavedo; presenta vesículas que contienen aceites esenciales), mesocarpo (albedo; pomposo y de color blanco) y endocarpo (pulpa; presenta tricomas con jugo). La variedad Navel presenta frutos supernumerarios (ombligo), que son pequeños frutos que aparecen dentro del fruto principal por una aberración genética. Tan sólo se produce un cuaje del 1%, debido a la excisión natural de las flores, pequeños frutos y botones cerrados. Para mantener un mayor porcentaje de cuajado es conveniente refrescar la copa mediante riego por aspersión, dando lugar a una ralentización del crecimiento, de forma que la carga de frutos sea mayor y de menor tamaño. El fenómeno de la partenocarpia es bastante frecuente (no es necesaria la polinización como estímulo para el desarrollo del fruto). Existen ensayos que indican que la polinización cruzada incrementaría el cuaje, pero el consumidor no desea las naranjas con semillas. Alguno sufren apomixis celular (se produce un embrión sin que haya fecundación)

3. IMPORTANCIA ECONÓMICA Y DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA

Se cultiva por sus frutos, de agradable sabor y sin semillas, que se consumen preferentemente en fresco, aunque también se comercializan como IV Gama y en forma de zumo (concentrado, fresco, pasteurizado, etc), mermeladas o jaleas.


4. REQUERIMIENTOS EDAFOCLIMÁTICOS

Es una especie subtropical. El factor limitante más importante es la temperatura mínima, ya que no tolera las inferiores a -3ºC. No tolera las heladas, ya que sufre tanto las flores y frutos como la vegetación, que pueden desaparecer totalmente. Presenta escasa resistencia al frío (a los 3-5ºC bajo cero la planta muere). No requiere horas-frío para la floración. No presenta reposo invernal, sino una parada del crecimiento por las bajas temperaturas (quiescencia), que provocan la inducción de ramas que florecen en primavera. Necesita temperaturas cálidas durante el verano para la correcta maduración de los frutos.
Requiere importantes precipitaciones (alrededor de 1.200 mm), que cuando no son cubiertas hay que recurrir al riego. Necesitan un medio ambiente húmedo tanto en el suelo como en la atmósfera. Es una especie ávida de luz para los procesos de floración y fructificación, que tienen lugar preferentemente en la parte exterior de la copa y faldas del árbol. Por tanto, la fructificación se produce en copa hueca, lo cual constituye un inconveniente a la hora de la poda. Es muy sensible al viento, sufriendo pérdidas de frutos en precosecha por transmisión de la vibración.
Necesitan suelos permeables y poco calizos y un medio ambiente húmedo tanto en el suelo como en la atmósfera.
Se recomienda que el suelo sea profundo para garantizar el anclaje del árbol, una amplia exploración para una buena nutrición y un crecimiento adecuado.
Los suelos deben tener una proporción equilibrada de elementos gruesos y finos (textura), para garantizar una buena aireación y facilitar el paso de agua, además de proporcionar una estructura que mantenga un buen estado de humedad y una buena capacidad de cambio catiónico.
No toleran la salinidad y son sensibles a la asfixia radicular. En general la salinidad afecta al crecimiento de las plantas mediante tres mecanismos relacionados entre sí pero distintos:

· Alteraciones hídricas producidas por sus efectos osmóticos sobre la disponibilidad de agua

· Acumulación de iones tóxicos.

· Interferencias con la absorción de elementos nutritivos esenciales, que provocan desequilibrios en el balance de elementos minerales.

En los cítricos los efectos dañinos de las sales se combaten con:

· Estrategias de riego.

· Uso de material vegetal tolerante.

· Utilización de sales de calcio.


Clic para ver mas.......

CODIGO DE COMERCIO COLOMBIANO

DECRETO 410 DE 1971

TITULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1o._ Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial, y los casos no regulados expresamente en ella serán decididos por analogía de sus normas.

Conc.: 10, 20, 24, 1781.

Art. 2o._ En las cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior, se aplicarán las disposiciones de la legislación civil.

Conc.: 822.

Art. 3o._ La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no la contraríe manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean públicos, uniformes y reiterados en el lugar donde hayan de cumplirse las prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella.

En defecto de costumbre local se tendrá en cuenta la general del país, siempre que reúna los requisitos exigidos en el inciso anterior.

Conc.: 909, 911, 912, 977, 1264, 1297, 1341, 1357.

Art. 4o._ Las estipulaciones de los contratos válidamente celebrados preferirán a las normas legales supletivas y a las costumbres mercantiles.

Conc.: C.C. 1602, 1603, 1621.

Art. 5o._ Las costumbres mercantiles servirán, además, para determinar el sentido de las palabras o frases técnicas del comercio y para interpretar los actos y convenios mercantiles.

Conc.: C.C. 823, 1621, 1649 y ss.

Art. 6o._ La costumbre mercantil se probará como lo dispone el Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, cuando se pretenda probar con testigos, éstos deberán ser, por lo menos, cinco comerciantes idóneos inscritos en el registro mercantil, que den cuenta razonada de los hechos y de los requisitos exigidos a los mismos en el artículo 3o.; y cuando se aduzcan como prueba dos decisiones judiciales definitivas, se requerirá que éstas hayan sido proferidas dentro de los cinco años anteriores al diferendo.

Conc.: 8o., 86 num. 5o.; C. de P.C. 189, 190.

Art. 7o._ Los tratados o convenciones internacionales de comercio no ratificados por Colombia, la costumbre mercantil internacional que reúna las condiciones del artículo 3o., así como los principios generales del derecho comercial, podrán aplicarse a las cuestiones mercantiles que no puedan resolverse conforme a las reglas precedentes.

Art. 8o._ La prueba de la existencia de una costumbre mercantil extranjera, y de su vigencia, se acreditará por certificación del respectivo cónsul colombiano o, en su defecto, del de una nación amiga. Dichos funcionarios para expedir el certificado solicitarán constancia a la cámara de comercio local o de la entidad que hiciere sus veces y, a falta de una y otra, a dos abogados del lugar, de reconocida honorabilidad, especialistas en derecho comercial.

Conc.: 9o.; C. de P.C. 188, 193, 259.

Art. 9o._ La costumbre mercantil internacional y su vigencia se probarán mediante copia auténtica, conforme al Código de Procedimiento Civil, de la sentencia o laudo en que una autoridad jurisdiccional internacional la hubiere reconocido, interpretado o aplicado. También se probará con certificación autenticada de una entidad internacional idónea, que diere fe de la existencia de la respectiva costumbre.

Conc.: C. de P.C., 188, 190, 193, 259. Ley 315 de 1996

LIBRO PRIMERO

DE LOS COMERCIANTES Y DE LOS

ASUNTOS DE COMERCIO

TITULO I

DE LOS COMERCIANTES

CAPITULO I

CALIFICACIÓN DE LOS COMERCIANTES

Art. 10._ Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.

La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.

Conc.: 12, 17, 19, 26 num. 2o., 37, 43, 832, 833; C.C. 1262, 1505.

Art. 11._ Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes, pero estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones.

Conc.: 22.

Art. 12._ Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales.

El menor habilitado de edad puede ejercer libremente el comercio y enajenar o gravar, en desarrollo del mismo, toda clase de bienes.

Los menores no habilitados de edad que hayan cumplido 18 años y tengan peculio profesional, pueden ejercer el comercio y obligarse en desarrollo del mismo hasta concurrencia de dicho peculio.

Los menores adultos pueden, con autorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de éstas.

Conc.: 17, 28, 34, 103, 320; C.C. 291, 339, 345 inc. 2o., 1502, 1503, 1504, 2154.

Art. 13._ Para todos los efectos legales se presume que una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:

1o) Cuando se halle inscrita en el registro mercantil;

2o) Cuando tenga establecimiento de comercio abierto, y

3o) Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.

Conc.: 17 num. 2o., 25, 26, 515, 516 num. 1o., 1137.

Art. 14._ Son inhábiles para ejercer el comercio, directamente o por interpuesta persona:

1o) Los comerciantes declarados en quiebra, mientras no obtengan su rehabilitación;

2o) Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades mercantiles que tengan relación con sus funciones, y

3o) Las demás personas a quienes por ley o sentencia judicial se prohíba el ejercicio de actividades mercantiles.

Si el comercio o determinada actividad mercantil se ejerciere por persona inhábil, ésta será sancionada con multas sucesivas hasta de cincuenta mil pesos que impondrá el juez civil del circuito del domicilio del infractor, de oficio o a solicitud de cualquiera persona, sin perjuicio de las penas establecidas por normas especiales.

Conc.: 90, 105, 185, 202, 205, 1939, 1940, 2002, 2008, 2010.

Art. 15._ El comerciante que tome posesión de un cargo que inhabilite para el ejercicio del comercio, lo comunicará a la respectiva cámara mediante copia de acta o diligencia de posesión, o certificado del funcionario ante quien se cumplió la diligencia, dentro de los diez días siguientes a la fecha de la misma.

El posesionado acreditará el cumplimiento de esta obligación, dentro de los veinte días siguientes a la posesión, ante el funcionario que le hizo el nombramiento, mediante certificado de la cámara de comercio, so pena de perder el cargo o empleo respectivo.

Conc.: 28 num. 3o.

Art. 16._ Siempre que se dicte sentencia condenatoria por delitos contra la propiedad, la fe pública, la economía nacional, la industria y el comercio, o por contrabando, competencia desleal, usurpación de derechos sobre propiedad industrial y giro de cheques sin provisión de fondos o contra cuenta cancelada, se impondrá como pena accesoria la prohibición para ejercer el comercio de dos a diez años.

Conc.: 17, 75, 85.

Art. 17._ Se perderá la calidad de comerciante por la incapacidad o inhabilidad sobrevinientes para el ejercicio del comercio.

Conc.: 14, 15, 105, 1226, 2002.

Art. 18._ Las nulidades provenientes de falta de capacidad para ejercer el comercio, serán declaradas y podrán subsanarse como se prevé en las leyes comunes, sin perjuicio de las disposiciones especiales de este Código.

Conc.: 104, 108, 109, 987 y ss.; C.C., 1743.

CAPITULO II

DEBERES DE LOS COMERCIANTES

Art. 19._ Es obligación de todo comerciante:

1o) Matricularse en el registro mercantil;

2o) Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad;

3o) Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales;

4o) Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades;

5o) Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles, y

6o) Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.

Conc.: 28 nums. 1o. y 3o., 31, 48, 54, 60 num. 5o., 75, 86ord. 3o., 271 num. 2o., 271, 1038, 1345, 1938, 1997 y ss.; C. de P.C. 277, 285.

TITULO II

DE LOS ACTOS, OPERACIONES Y

EMPRESAS MERCANTILES

Art. 20._ Son mercantiles para todos los efectos legales:

1o) La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos;

2o) La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos;

3o) El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los prestamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés;

4o) La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos;

5o) La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones;

6o) El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos;

7o) Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos;

8o) El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras;

9o) La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje;

10) Las empresas de seguros y la actividad aseguradora;

11) Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados;

12) Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes;

13) Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes;

14) Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios;

15) Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u ornamentaciones;

16) Las empresas para el aprovechamiento y explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza;

17) Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes;

18) Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios, y

19) Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.

Conc.: 25, 32, 43, 98, 136, 526, 532, 533, 619, 822, 905 y ss., 954, 956, num. 4o., 981, 1036, 1163 y ss., 1170, 1181, 1200, 1226, 1260, 1340, 1354, 1382, 1396, 1400, 1408, 1416, 1438. Ley 222 de 1996

Art. 21._ Se tendrán así mismo como mercantiles todos los actos de los comerciantes relacionados con actividades o empresas de comercio, y los ejecutados por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales.

Conc.: 10, 13, 25, 995.

Art. 22._ Si el acto fuere mercantil para una de las partes se regirá por las disposiciones de la ley comercial.

Conc.: 1o., 4o., 11.

Art. 23._ No son mercantiles:

1o) La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes;

2o) La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por su autor;

3o) Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público;

4o) Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma una empresa, y

5o) La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales.

Art. 24._ Las enumeraciones contenidas en los artículos 20y 23 son declarativas y no limitativas.

Art. 25._ Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio. Conc.: 10, 13 num. 2o., 32 num. 2o., 35, 43, 309, 474, 515. Ley 222 de 1995

Clic aqui para descargar todo el contenido...